Las sanciones por ITV caducada han aumentado un 32 %

Las sanciones por ITV caducada han aumentado hasta un 32 % en los últimos 6 años. Esta infracción implica que un número importante de coches que circulan por nuestras carreteras no cumplen con la obligación de pasar de forma periódica por una revisión técnica oficial para validar que pueden circular de forma segura y respetuosa con el medio ambiente.

La ITV caducada tiene consecuencias

Las frecuencias de inspección a las que se han de someter los vehículos, incluidos los coches con motor eléctrico, se establecen en el Real Decreto 920/2017 y son las siguientes:

  • TURISMOS PARTICULARES
    • Antigüedad de hasta 4 años: exento
    • Antigüedad de 4 a 10 años: cada 2 años
    • Más de 10 años de antigüedad: cada año
  • VEHÍCULOS LIGEROS (FURGONETAS, FURGONES Y CAMIONES HASTA 3.500 KG DE MMA)
    • Antigüedad de hasta 2 años: exento
    • Antigüedad de 2 a 6 años: cada 2 años 
    • Antigüedad de 6 a 10 años:  cada año
    • Más de 10 años de antigüedad: cada 6 meses
  • VEHÍCULOS PESADOS (CAMIONES Y REMOLQUES DE MÁS DE 3.500 KG DE MMA)
    • Hasta 10 años de antigüedad: cada año
    • Más de 10 años de antigüedad: cada 6 meses

No tener la inspección técnica de tu vehículo al día puede ser causante de siniestros viales, con fallecidos y heridos de gravedad. Además, está calificado como una infracción grave o muy grave por la normativa aplicable en materia de tráfico; un incumplimiento que puede conllevar una sanción económica de 200 o 500 euros, dependiendo del caso. Pese a ello, las multas por este hecho han aumentado en los últimos años.

De acuerdo con cifras entregadas por la DGT y que la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos AECA-ITV analiza, en 2021 las sanciones por tener la ITV caducada aumentaron un 32 % con respecto a 2015. Debemos destacar que los procesos de comprobación del buen funcionamiento del vehículo son exhaustivos, según se muestra en el manual de procedimientos de las ITV.

El año pasado se registraron 591.077 multas por no tener la ITV al día, 194.411 más que en 2015, cuando hubo 396.666. Esto pese a que en el último año el total de sanciones impuestas se redujo. “Se trata de un dato que era de esperar, teniendo en cuenta que el absentismo en la ITV se mantiene en niveles cercanos al 40 %; una situación preocupante porque demuestra que aún son muchos los conductores que no son conscientes del papel fundamental que juega la inspección técnica en la seguridad vial y en la protección al medio ambiente”, ha asegurado Guillermo Magaz, director gerente de AECA-ITV.

Pero las multas por no tener la ITV al día no solo han aumentado en número, sino también en porcentaje con respecto al total de sanciones impuestas. Mientras en el 2015 las multas por la ITV caducada representaban el 8,2 % del total, en el 2021 han ocupado el 12,3 %, únicamente superadas por las sanciones por exceso de velocidad, que lideran el desafortunado ranking.

“Cuando analizamos las multas impuestas por otros motivos, vemos que el incremento de sanciones por ITV caducada no está afectado por modificaciones de movilidad, si no que es consecuencia del comportamiento inadecuado de los ciudadanos; ya que, por ejemplo, las sanciones por exceso de velocidad sí que se han reducido desde el 2015”, ha agregado Magaz.

Consecuencias económicas de tener la ITV caducada

Más allá del riesgo en sufrir o provocar un siniestro vial y el daño al medio ambiente que conlleva circular con un vehículo sin la inspección técnica al día, no tener esta obligación vigente puede conllevar una sanción económica de 200 o 500 euros, dependiendo del caso.

Tener la ITV caducada, es decir, tanto circular con el vehículo como tenerlo estacionado en el garaje o en la calle sin haber realizado la inspección técnica en la fecha en la que le correspondía, acarrea una sanción económica de 200 euros y la obligación inmediata de realizar la ITV.

Circular con la ITV desfavorable, es decir, seguir circulando con el vehículo pese a que se le detectaron defectos graves que sólo le permitirían desplazarse hasta el lugar de reparación implica una multa de 200 euros. En este supuesto, el titular del vehículo está obligado a reparar los defectos graves y volver a la estación de ITV, en un plazo máximo de 2 meses, para comprobar la subsanación de dichos defectos.

Circular con una ITV negativa, es decir, seguir circulando con el vehículo al cual se le han detectado defectos muy graves, acarrea una sanción de 500 euros. En estos casos, el vehículo no está autorizado a abandonar la estación de ITV por medios propios, sino que tendrá que hacerlo transportado por una grúa hasta el lugar de reparación y volver a la estación ITV, en un plazo máximo de 2 meses, para comprobar la subsanación de los defectos.

A estas sanciones, hay que añadir la no cobertura de la compañía aseguradora en caso de siniestro, lo que puede originar unos elevados gastos para el propietario del vehículo, en función de la gravedad del hecho.